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Sistemas de Autocontrol en Piscinas

En cumplimiento con el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas.

El titular de la piscina deberá disponer de un protocolo de autocontrol específico de la piscina, que siempre estará en la propia piscina a disposición del personal de mantenimiento y de la autoridad competente, debiendo actualizarlo con la frecuencia necesaria en cada caso.

Este protocolo de autocontrol deberá contemplar, al menos, los siguientes aspectos:

  • Tratamiento del agua de cada vaso.
  • Control del agua
  • Mantenimiento de la piscina
  • Limpieza y desinfección
  • Seguridad y buenas prácticas
  • Plan de control de plagas
  • Gestión de proveedores y servicios
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